Email:

abogado@nortejusticia.cl

RELACIÓN DIRECTA Y REGULAR

La relación directa y regular es un Derecho- Deber que tienen los padres que no tienen bajo su cuidado personal a sus hijos. Esta busca que se mantenga el vínculo familiar entre el hijo y su progenitor que no ejerce su cuidado personal sea su padre o su madre. 

Anteriormente y de manera coloquial se le llamaba Derecho de visitas, pero este nombre fue modificado pues se entiende que este derecho no consiste solamente en la posibilidad de ver al menor, si no que entre el menor y su progenitor debe existir una Relación Directa y Regular, todo esto en conformidad a la Convención de Derechos del Niño, Niña y Adolescente.

Se encuentra regulada en el Artículo 224 del Código Civil, en el que se consagra el principio de corresponsabilidad y dice lo siguiente: “toca de consuno a los padres, o al padre o madre sobreviviente, el cuidado personal de sus hijos. Éste se basará en el principio de corresponsabilidad, en virtud del cual ambos padres, vivan juntos o separados, participarán en forma activa, equitativa y permanente en la crianza y educación de sus hijos. 

El cuidado personal del hijo no concebido ni nacido durante el matrimonio, reconocido por uno de los padres, corresponde al padre o madre que lo haya reconocido . Si no ha sido reconocido por ninguno de sus padres, la persona que tendrá su cuidado será determinada por el juez.”

La forma en que se ejerce la relación directa y regular se puede determinar de común acuerdo, por escritura pública o mediante un acta extendida ante oficial del registro civil. En caso de que no se logré acuerdo por estás vías es necesario recurrir ante los Tribunales de Familia, pues tanto el padre o madre que no detenta el cuidado personal como el menor tiene el derecho a mantener una relación directa y regular.

Para solicitar una relación directa y regular es importante que se acompañe la mediación previa, la que obviamente debe estar frustrada. Al efectuarse ante tribunales de familia es requisito tener abogado.

Cuando se regula la Relación Directa y Regular, es importante que se regule el régimen ordinario, que comprende la mayor parte del año y el extraordinario que regula todas las situaciones especiales, tales como los feriados, vacaciones, etc…